Derechos de la mujer

Aprueban ‘Ley Ingrid’, darán cárcel a quien filtre imágenes de víctimas de agresiones

La ley aprobada por el Congreso de la CDMX sancionará con 2 a 6 años de cárcel, y hasta del doble, a quienes difundan imágenes de víctimas de agresiones

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El Congreso de la Ciudad de México (CDMX) aprobó la ‘Ley Ingrid’ para castigar a quien difunda imágenes de víctimas de agresiones (particularmente mujeres) quienes desde ahora podrán enfrentar de dos hasta seis años de prisión.

Con 58 votos a favor, el dictamen fue aprobado de manera unánime, por lo que se avala modificar el Artículo 293 Quater del Código Penal de la CDMX para sancionar a ciudadanos y servidores públicos que usen imágenes de las víctimas de forma indebida.

Este dictamen fue remitido a la Jefa de Gobierno capitalina, Claudia Sheinbaum, para ser publicado en el Diario Oficial de la Ciudad de México.

“Con el objeto de tipificar y sancionar a las personas servidoras públicas por la indebida distribución de imágenes fotográficas o video de investigaciones vinculadas con hechos delictivos, el pleno aprueba las modificaciones al Art. 293 del Código Penal local”, informó el Congreso capitalino a través de su cuenta de Twitter.

¿Qué establece la ‘Ley Ingrid’?

La ‘Ley Ingrid’ establece en el Artículo 293 Quarter que, quien indebidamente difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, indicios, audios, videos o documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, se enfrentará a entre dos a seis años de prisión y una multa de 500 a mil UMAS.

Entre los hechos que merecen una agravante destaca la difusión de materiales audiovisuales de cadáveres o parte de ellos, así como de las circunstancias de la muerte, lesiones y estado de salud de las víctimas. En tales casos, las penas incrementarán hasta en una tercera parte.

Si las imágenes son de cuerpos de mujeres, niñas o adolescentes o reflejan su estado de salud, lesiones o circunstancia de muerte, las penas aumentarán hasta en una mitad.

Si el delito es cometido por un servidor público, integrante de alguna una institución policial, las penas incrementarán una mitad más.

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La ‘Ley Ingrid’ fue presentada por la fiscala Ernestina Godoy el 14 de febrero de 2020 ante el Congreso capitalino, para modificar el Artículo 293 Quater del Código Penal de la CDMX y con ello evitar filtraciones de información delicada de las víctimas de agresiones.

Esta iniciativa pasó más de un año en la congeladora del Congreso de la CDMX, y fue nombrada así en memoria de Ingrid Escamilla, víctima de feminicidio.

El objetivo de la iniciativa es evitar la espectacularización del feminicidio, debido a que este tipo de acciones incitan “al entretenimiento y agravan el daño a las víctimas”.

“Cuando una persona servidora pública indebidamente hace difusión de imágenes, audios, videos y documentos sobre los cadáveres, de las circunstancias de su muerte, de lesiones o el estado de salud de las víctimas tiene como consecuencia la espectacularización del feminicidio, se acrecienta la normalización de la violencia contra las mujeres”.

Ingrid Escamilla fue asesinada brutalmente el 9 de febrero de 2020 en la alcaldía Gustavo A. Madero, por quien fuera su pareja, identificado como Francisco “N”.

El feminicidio salió a la luz luego de que dos agentes de la Fiscalía que acudieron al levantamiento del cadáver, capturaron y difundieron imágenes de cómo el feminicida descuartizó y desolló a la joven al interior de su propio departamento. 

Las imágenes fueron difundidas en redes sociales, medios de comunicación impresos y digitales, con lo que se revictimizó a la joven Ingrid.

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