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Anuncia AMLO plan de reforestación en Sierra de San Miguelito, a través de Sembrando Vida
Sembrando Vida llevará a cabo un programa de reforestación para apoyar a todos los campesinos y campesinas de la Sierra de San Miguelito, tras el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que la declara Área Natural Protegida, informó el presidente López Obrador.
“Se les va a apoyar con el programa Sembrando Vida porque se cumplen ahí dos propósitos, varios, pero dos fundamentales: va a haber trabajo y se va a reforestar toda la sierra”, dijo el presidente.
Con el decreto publicado ayer en el DOF, 111 mil 160 hectáreas de la Sierra de San Miguelito, en San Luis Potosí, fueron declaradas Área Natural Protegida (ANP) de protección de flora y fauna, informó la secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), María Luisa Albores.
El 22% de ésta consiste en siete zonas núcleo que conforman 24 mil 514 hectáreas, mientras que el 78% restante corresponde a la zona de amortiguamiento. En total, las poco más de 11 mil hectáreas están integradas en cuatro municipios: Mexquitic de Carmona, San Luis Potosí, Villa de Ariiaga y Villa de Reyes. En la ANP de la Sierra de San Miguelito se protegerán a 700 especies vegetales y más de 300 especies animales, dijo Albores González.
La titular de la SEMARNAT denuncio que existieron presiones en la Sierra de San Miguelito que tuvieron que ver con el crecimiento urbano, la presión inmobiliaria y el aprovechamiento de la minería a cielo abierto.
ACTIVIDADES PERMITIDAS EN ZONA NÚCLEO
Aprovechamiento no extractivo de vida silvestre
Turismo de bajo impacto ambiental
Restauración de ecosistemas a través de la reforestación
Reintroducción o repoblación de vida silvestre
ACTIVIDADES NO PERMITIDAS EN ZONA NÚCLEO
Verter o descargar contaminantes
Interrumpir, rellenar, desecar o desviar flujos hidráulicos
Cambiar el uso de suelo
Usar explosivos
Realizar obras u actividades de exploración
Explotación minera
Abrir bancos de materiales
Extraer mineral pétreo o materiales para construcción
ACTIVIDADES PERMITIDAS EN ZONA DE AMORTIGUAMIENTO
Turismo de bajo impacto ambiental
Aprovechamiento extractivo de vida silvestre
Aprovechamiento forestal, agrícola y ganadero de manera sustentable
Extracción de material pétreo
Reforestación de ecosistemas
ACTIVIDADES NO PERMITIDAS EN ZONA DE AMORTIGUAMIENTO
Ampliar la frontera agropecuaria
Modificar el entorno natural de vestigios históricos y arqueológicos
Establecer áreas habitadas urbanizadas
Obras de exploración y explotación mineras, excepto de materiales pétreos
Alterar o destruir los sitios de alimentación, animación, refugio, reproducción de la vida silvestre