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Aprueban ley para regular home office; empleadores pagarán luz e internet

La Cámara de Senadores y Diputados aprobaron que los empleadores estarían obligados a pagar gastos generados por trabajar en casa.

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Con la aprobación del cámara de Senadores y la de Diputados, se avalaron las reformas a la  Ley Federal del Trabajo vigente con la finalidad de regular el trabajo en casa o home office como se conoce.

Por unanimidad, con 91 votos, el Senado aprobó dichas reformas para regular el home office o el teletrabajo, un día después de que fueran avaladas por la Cámara de Diputados.

El siguiente paso es que el presidente Andrés Manuel López Obrador promulgue la reforma para que las medidas entren en vigor.

La nueva reforma establece una nueva definición para el teletrabajo, establece que: “es una forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas, en lugares distintos al establecimiento o establecimientos del patrón, que no requiere la presencia física de la persona trabajadora en el centro de trabajo y que utiliza las tecnologías de la información y la comunicación.

Derivado de esto se establece que los empleadores otorguen los insumos necesarios para que sus trabajadores puedan realizar sus actividades en caso, insumos como equipo de cómputo, hasta muebles y sillas. 

De igual manera se estipula que los patrones cubran los gastos derivados de las actividades laborales en casa, como el pago de luz e internet.

La reforma enuncia que el trabajador que labora en su casa deberá recibir el mismo trato bajo la ley que uno que mantenía trabajo presencial en una oficina, esto es que deberá recibir las mismas prestaciones marcadas por la ley y el mismo salario.

Todas estas condiciones deberán ser pactadas por los trabajadores y empleadores a la hora de negociar su contratación.

 La aprobación de la iniciativa fue celebrada por varios miembros del poder legislativo, como la senadora de Acción Nacional, Alejandra Noemí Reynoso Sánchez, quien señaló que el teletrabajo es una alternativa para lograr la conciliación de la vida laboral y familiar, o bien, que es una modalidad que puede utilizarse en caso de contingencia.

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