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SCJN invalida decreto que blinda proyectos prioritarios de la 4T; AMLO responde

Las y los ministros indicaron que será el lunes 22 de mayo cuando determinen cuáles serán los efectos de esta resolución y sobre quiénes aplicarán

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Las y los ministros indicaron que será el lunes 22 de mayo cuando determinen cuáles serán los efectos de esta resolución y sobre quiénes aplicarán

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador, con el que se clasificó de interés público y seguridad nacional los proyectos estratégicos de infraestructura que impulsa el gobierno de la Cuarta Transformación, como el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA), el Tren Maya, la refinería de Dos Boca, entre otros.

La decisión fue tomada por 8 de los 11 ministros y ministras de la Suprema Corte, tras analizar la controversia constitucional que presentó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) en contra del acuerdo presidencial que entró en vigor en noviembre de 2021.

Votaron a favor del proyecto para invalidar el decreto, elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara, sus pares Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Luis María Aguilar Morales, Jorge Pardo, Margarita Ríos Farjat, Javier Laynez Potisek, Alberto Pérez Dayán y la presidenta de la Corte, Norma Piña.

Mientras que Arturo Zaldívar, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz Ahlf votaron en contra de la invalidez de este acuerdo presidencial “por el que se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a realizar las acciones que se indican, en relación con los proyectos y obras del gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, así como prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional”.

Así fue la discusión del decreto

Al fundamentar su propuesta de sentencia, González Alcántara explicó que, de acuerdo con el artículo sexto constitucional, toda la información es pública y sólo se podrá reservar temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional en los términos que fijen las leyes.

El ministro aseguró que “el acuerdo presidencial es inconstitucional porque su amplitud y ambigüedad obstaculiza e inhibe el acceso a la información de toda la ciudadanía respecto a las obras del país”.

Asimismo, señaló que este acuerdo permite que los sujetos obligados (cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes de la Unión, órganos autónomos y partidos políticos) sitúen toda la información sobre el desarrollo de las obras y proyectos en lo que establece el artículo 113 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el cual señala como supuesto de reserva de información aquella que comprometa la seguridad nacional.

“Además, como está formulado el acuerdo analizado pone entre dicho las obligaciones de transparencia que pasen sobre las autoridades que ejercen recursos públicos y que tienen como objetivo permitir un control ciudadano sobre este objetivo”, afirmó Alcántara Carrancá

En contraste, los ministros Arturo Zaldívar, Yasmín Esquivel y Loretta Ortiz, explicaron que el proyecto que presentó el ministro González Alcántara Carrancá partía de una premisa equivocada al suponer que la declaratoria de seguridad nacional de determinadas obras públicas equivalen a una reserva de la información de éstas.

“No es así, ya que en mi opinión ese adjetivo de ninguna manera impide a las personas ejercer su derecho de acceso a la información gubernamental. En cualquier caso, las autoridades deberán demostrar con un prueba de daño la negativa de acceso que en su caso corresponda. El acuerdo reclamado jamás afirma que la información derivada de la ejecución de las obras públicas -a las que se refiere el acuerdo- sea información reservada”, afirmó la ministra Esquivel.

El ministro Javier Laynez Potisek calificó como “ingenuo” ignorar las consecuencias jurídicas inmediatas de declarar como asunto de seguridad nacional las obras del gobierno: la reserva de información y la autorización para la adjudicación directa.

Negar que el vocablo de ‘seguridad nacional’ no tiene impacto para efectos de transparencia y adquisiciones, me parece muy difícil o ingenuo de todo sentido. No sé si fue el objetivo, pero la consecuencia sí es esa. Nada más faltaba que hubiera dicho ‘por lo tanto se reserva y se pueden (hacer) adjudicaciones directas’, porque no lo tenían que decir; ese es el efecto de seguridad nacional”, explicó el ministro.

La ministra Norma Piña, quien recordó que el artículo 113 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señala que la información pública será reservada cuando se comprometa la seguridad nacional.

“En mi concepto de la lectura integral del acuerdo impugnado es posible observar que sus efectos normativos causan una reserva anticipada y generalizada, pues las obras o proyectos que se catalogan quedan exentos de la regla general de transparencia y máxima publicada sin que les anteceda una prueba de daño previa”, afirmó

Al inicio de de la sesión, la mayoría de los ministros coincidió en que el decreto no es una norma general, sino un acto administrativo, y por lo tanto, la resolución que tomaron sólo tendría efectos entre las partes de la controversia, es decir, entre el INAI y el Gobierno federal.

Al final de la discusión indicaron que será el próximo lunes, 22 de mayo, cuando determinen cuáles serán los efectos de esta resolución y sobre quiénes aplicarán.

Presidente AMLO responde con nuevo decreto

La tarde de este jueves, apenas unas horas después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el decreto con el cual el Gobierno de la Cuarta Transformación

buscaba clasificar las megaobras de infraestructura como de seguridad nacional, el  presidente Andrés Manuel López Obrador respondió con un nuevo decreto.

El jefe del Ejecutivo federal emitió y firmó el nuevo decreto con el que se reconocen y declaran como estratégicas, prioritarias, de interés público y de seguridad nacional las instalaciones del Tren Maya, del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec y de los aeropuertos internacionales de Palenque, Chiapas y de Chetumal y Tulum en Quintana Roo.

“Hay una acción deliberada, de mala fe, antipopular, concertada, en la cual está coludida, así como lo estoy diciendo, coludida, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, entonces tenemos que buscar de manera legal, porque yo tengo facultad y existe un Consejo de Seguridad Nacional, que tiene la facultad para que se emita este decreto. No es ilegal, pero sí estamos protegiendo”, argumentó el presidente en su conferencia de prensa matutina de este viernes, 19 de mayo.

Explicó que su gobierno tomó la decisión de convertir estas obras en acciones de seguridad nacional, “porque quienes están promoviendo los amparos en contra, reciben financiamiento del gobierno de Estados Unidos y eso lo podemos probar”.

Con información del Gobierno de México y La Jornada

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