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SCJN avala despenalización del aborto en Hidalgo

Con esta decisión el máximo tribunal de México modificó el Código penal y la Ley de Salud estatal, propuesta que presentó Morena y aprobó el Congreso local el 30 de junio de 2021

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Con esta decisión, el máximo tribunal de México modificó el Código penal y la Ley de Salud estatal, propuesta que presentó Morena y aprobó el Congreso local el 30 de junio de 2021

Este lunes, 10 de abril, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la despenalización del aborto en el estado de Hidalgo.

Con esta decisión el máximo tribunal de México modificó el Código penal y la Ley de Salud estatal, propuesta que presentó el Partido Morena y aprobó el Congreso local el 30 de junio de 2021 con 16 votos a favor y una abstención.

Cabe señalar que diputados locales de otros partidos impugnaron los cambios a la ley con el argumento de que hubo una violación al procedimiento legislativo, no obstante, los ministros de la SCJN resolvieron que no hay irregularidades que invaliden la votación.

Ciudad de México referencia importante para lograr despenalización legal del aborto

La reforma reciente invalida el Artículo 157 del Código Penal local, el cual señala a que: “A la mujer que se le procure el aborto para evitar la exclusión social o por extrema pobreza se le impondrá pena de prisión de tres meses a dos años y multa de cinco a 25 días”.

Ahora, se establece que la interrupción voluntaria del embarazo no será sujeta a ninguna pena si se realiza dentro de las 12 primeras semanas de embarazo.

En 2022 los congresos de Sinaloa, Guerrero y Baja California Sur aprobaron la interrupción legal del embarazo. 

Hasta hoy, la interrupción voluntaria del embarazo se pagaba con cárcel en 28 entidades del país, sólo está permitida en la Ciudad de México, Oaxaca, Veracruz e Hidalgo.

Existen 29 códigos penales estatales que tienen tipificado el aborto como delito y que imponen sanciones, como la cárcel hasta por seis años.

8 causales por las que el aborto es permitido en México

Existen ocho causales por las que el aborto es permitido en el país. A nivel nacional, todas las mujeres tienen derecho a interrumpir su embarazo cuando este fue producto de violencia sexual.

Mientras que 30 entidades del país permiten el aborto cuando el embarazo fue resultado de actos imprudenciales o culposos, con excepción de Nuevo León y Tabasco.

El aborto es permitido cuando la vida de la mujer corre peligro en: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Coahuila, Colima, Durango, Jalisco, Estado de México, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

Cuando existen malformaciones graves del producto el aborto es permitido en: Baja California Sur, Chiapas, Coahuila, Colima, Ciudad de México, Guerrero, Hidalgo, Estado de México, Michoacán, Morelos, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Tlaxcala, Veracruz, y Yucatán.

Cuando la salud (física, psicológica o social) de la mujer está en riesgo o se ve afectada por el embarazo: los estados de Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Coahuila, Colima, Ciudad de México, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas, también autorizan la Interrupción Legal del Embarazo (ILE).

En Michoacán y Yucatán, al aborto es autorizado también cuando existen causas económicas graves.

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