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Se publicó la Ley de Revocación de Mandato en el DOF

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Se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley Federal de Revocación de Mandato, una ley reglamentaria del artículo 35 Constitucional en materia de revocación de quien ostente el poder legislativo. 

La Ley Federal de Revocación de Mandato “tiene por objeto regular y garantizar el ejercicio del derecho político de las ciudadanas y los ciudadanos a solicitar, participar, ser consultados y votar respecto a la revocación del mandato de la persona que resultó electa popularmente como titular de la Presidencia de la República, mediante sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible”, refiere el Artículo 2, Capitulo 1 de la misma. 

El proceso de su aplicación procederá solo cuando la ciudadanía así lo solicite, para lo que será necesario reunir al menos al tres por ciento de las personas incluidas en la lista nominal “siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos diecisiete entidades federativas y que representen, como mínimo, el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas”, refiere el Artículo 7, Capítulo 2. 

La aplicación de la Revocación de Mandato estará a cargo del Congreso de la Unión, el Instituto Nacional Electoral y el Tribunal del Poder Judicial de la Federación y la solicitud ciudadana para su aplicación deberá presentarse en los primeros tres meses después de los primeros tres años de gobierno del presidente en turno. 

El pasado 7 de septiembre se aprobó dicha ley y la pregunta a realizarse quedó de la siguiente manera: 

¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?

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