Viernes, 26 Abril 2024 21:37

A 146_Calendario de Actualización

ARTÍCULO 146

Con el objeto de verificar que la información pública que recibe cualquier persona es la versión más actualizada, el sujeto obligado deberá difundir, dentro del primer mes de cada año, un calendario de actualización, por cada contenido de información y el área responsable. En caso de que no exista una norma que ya instruya la actualización de algún contenido, éste deberá actualizarse al menos cada tres meses. En todos los casos se deberá indicar la última actualización por cada rubro. El Instituto realizará, de forma trimestral revisiones a los portales de transparencia de los sujetos obligados a fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones contenidas en este Título;

  • Calendario de Actualización de las Obligaciones de Transparencia publicadas en el portal de Internet del Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México correspondiente al Ejercicio 2024.


Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla: Unidad de Transparencia 

Periodo de actualización de la información: Anual.

Fracción I. Iniciativas de ley, decretos o disposiciones generales o particulares en materia administrativa;


NO APLICA

“…De conformidad con los artículos QUINTO y DÉCIMO TERCERO del Decreto por el que se Crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México; así como 28 del Estatuto Orgánico del Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México, este Organismo Público Descentralizado no tiene atribuciones para realizar iniciativas de ley, decretos o disposiciones generales o particulares en materia administrativa…”


Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla: Unidad de Transparencia.


Periodo de actualización de la información: Trimestral o 15 días después de publicar alguna norma.

Fracción II. El Programa General de Desarrollo de la Ciudad de México vinculado con los programas operativos anuales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físico y financiero, para cada una de las metas. Sobre los indicadores de gestión se deberá difundir, además, el método de evaluación con una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento;

  • Hipervínculo al Plan Nacional de Desarrollo (258_Art_123_fracc_IIA.xlsx).
  • Programa General de Desarrollo de la Ciudad de México (258_Art_123_fracc_IIB.xlsx).
  • Acciones programadas (metas) (258_Art_123_fracc_IIC.xlsx).
  • Avances físicos y financieros (258_Art_123_fracc_IID.xlsx).
  • Indicadores de gestión (258_Art_123_fracc_IIE.xlsx).
  • Indicadores de gestión.

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla: Dirección de Planeación, Monitoreo y Evaluación / Jefatura de Unidad Departamental de Finanzas 


Periodo de actualización de la información: Para el Gobierno de la Ciudad de México: cuando se decrete el Plan respectivo cada seis años; en caso de que el Congreso de la Unión realice observaciones para su ejecución, revisión o adecuación, se actualizará en marzo de cada año.

Viernes, 26 Abril 2024 21:36

Fracción III. El presupuesto de egresos

Fracción III. El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados, desglosando su origen y destino, precisando las cantidades correspondientes a su origen, ya sea federal o local, y señalando en su caso, la cantidad que se destinará a programas de apoyo y desarrollo de los Órganos Políticos Administrativos, Alcaldías o Demarcaciones Territoriales;

  • Presupuesto de egresos (259_Art_123_fracc_IIIA.xlsx).
  • Egresos y fórmulas de distribución de los recursos otorgados (Nombre del formato en EXCEL).
  • Decreto de Presupuesto de egresos de cada uno de los periodos solicitados y publicarán la siguiente leyenda e hipervínculo.
  • Presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados al Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México.

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla: Jefatura de Unidad Departamental de Finanzas 
Periodo de actualización de la información: Anual.

Fracción IV. El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales;


NO APLICA

“…Esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de acuerdo con lo establecido en el artículo 43, fracción XVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, que a la letra dice: “Tramitar y substanciar debidamente los expedientes de expropiación, de ocupación temporal o de limitación de dominio, para los efectos que establece el artículo 20 Bis de la Ley de Expropiación, o en su caso, los que establezca la Ley de Expropiación de la Ciudad de México; así como conocer y resolver el recurso administrativo de revocación respectivo…”

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla: Unidad de Transparencia.

Periodo de actualización de la información: Trimestral.

Fracción V. Los listados de las personas que incluyan nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes, que han recibido exenciones, condonaciones o cancelaciones de impuestos locales o regímenes especiales en materia tributaria local, así como los montos respectivos cuidando no revelar información confidencial, salvo que los mismos se encuentren relacionados al cumplimiento de los requisitos establecidos para la obtención de los mismos;


Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales.


NO APLICA

“…Esta obligación es atribución de la Secretaría de Administración y Finanzas de acuerdo con lo establecido en el artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, que a la letra dice: “ A la Secretaría de Administración y Finanzas corresponde el despacho de las materias relativas al desarrollo de las políticas de ingresos y administración tributaria, la programación, presupuestación y evaluación del gasto público de la Ciudad; representar el interés de la Ciudad en controversias fiscales y en toda clase de procedimientos ante los tribunales en los que se controvierta el interés fiscal de la Entidad; así como la administración, ingreso y desarrollo del capital humano y los recursos de la Administración Pública de la Ciudad, y el sistema de gestión pública…”

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla: Unidad de Transparencia.

Periodo de actualización de la información: Trimestral.

Fracción VI. El listado de patentes de corredores y notarios públicos otorgadas, en términos de la Ley respectiva; así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado;


NO APLICA

“…Esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de acuerdo con lo establecido en el artículo 43, fracción XVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, por lo que este Órgano Desconcentrado no detenta dicha información ya que no se encuentra dentro de sus atribuciones…”

Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla: Unidad de Transparencia

Periodo de actualización de la información: Trimestral.

Fracción VIII. Las disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevea la legislación aplicable al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los efectos que se pretenden lograr o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones;

  • Disposiciones administrativas del Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México (Art_123_fracc_VIII.xlsx).

Área(s) o unidad(es) administrativas que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicar y actualizar la información: Coordinación de Seguimiento Técnico.
Periodo de actualización de la información: Trimestral.

Fracción IX. Estadísticas e índices delictivos, así como los indicadores de la procuración de justicia.

NO APLICA

“…De conformidad con el articulo 1° del  Estatuto Orgánico del Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México, el Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México, tiene por objeto proveer los servicios públicos de radiodifusión y telecomunicaciones del Poder Ejecutivo de la Ciudad de México. Derivado de lo anterior, este Sujeto Obligado no detenta dicha información ya que no se encuentra dentro de sus atribuciones realizar estadísticas e índices delictivos, así como los indicadores de la procuración de justicia…”


Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla: Unidad de Transparencia

Periodo de actualización de la información: Trimestral.

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