ARTÍCULO 122

Los sujetos obligados deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, procurando que sea en formatos y bases abiertas en sus sitios de Internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:

i. Los criterios de planeación y ejecución de sus programas, especificando las metas y objetivos anualmente y el presupuesto público destinado para ello.

ii. La información actualizada mensualmente de los programas de subsidios, estímulos, apoyos y ayudas en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:

  1. Área.
  2. Denominación del programa.
  3. Periodo de vigencia.
  4. Diseño, objetivos y alcances.
  5. Metas físicas.
  6. Población beneficiada estimada.
  7. Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal.
  8. Requisitos y procedimientos de acceso.
  9. Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana.
  10. Mecanismos de exigibilidad.
  11. Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones.
  12. Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo.
  13. Formas de participación social.
  14. Articulación con otros programas sociales.
  15. Vínculo a las reglas de operación o Documento equivalente.
  16. Vínculo a la convocatoria respectiva.
  17. Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas.
  18. Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una
  19. de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo; y

iii. El resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas.

NO APLICA

“…De conformidad con los artículos QUINTO y DÉCIMO TERCERO del Decreto por el que se Crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México; 27 del Estatuto Orgánico del Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México, este Organismo Público Descentralizado no tiene atribuciones para llevar a cabo programas sociales, de ayuda, subsidios, estímulos y apoyos de ninguna naturaleza.…”

Este Sujeto Obligado, derivado de sus atribuciones, no desarrolla programas sociales. Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla:

Periodo de actualización de la información: Trimestral. La información de los programas que se desarrollarán a lo largo del ejercicio deberá publicarse durante el primer mes del año.

Periodo de Actualización: 31 de Enero de 2024

Periodo de Validación: 31 de Enero de 2024