ARTÍCULO 122
Los sujetos obligados deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, procurando que sea en formatos y bases abiertas en sus sitios de Internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
i. Los criterios de planeación y ejecución de sus programas, especificando las metas y objetivos anualmente y el presupuesto público destinado para ello.
ii. La información actualizada mensualmente de los programas de subsidios, estímulos, apoyos y ayudas en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:
- Área.
- Denominación del programa.
- Periodo de vigencia.
- Diseño, objetivos y alcances.
- Metas físicas.
- Población beneficiada estimada.
- Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal.
- Requisitos y procedimientos de acceso.
- Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana.
- Mecanismos de exigibilidad.
- Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones.
- Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo.
- Formas de participación social.
- Articulación con otros programas sociales.
- Vínculo a las reglas de operación o Documento equivalente.
- Vínculo a la convocatoria respectiva.
- Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas.
- Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una
- de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo; y
iii. El resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas.
NO APLICA
“…De conformidad con los artículos QUINTO y DÉCIMO TERCERO del Decreto por el que se Crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México; 28 del Estatuto Orgánico del Servicio de Medios Públicos de la Ciudad de México, este Organismo Público Descentralizado no tiene atribuciones para llevar a cabo programas sociales, de ayuda, subsidios, estímulos y apoyos de ninguna naturaleza.…”
Este Sujeto Obligado, derivado de sus atribuciones, no desarrolla programas sociales. Área(s) o unidad(es) administrativa(s) que genera(n) o posee(n) la información respectiva y son responsables de publicarla y actualizarla:
Periodo de actualización de la información: Trimestral. La información de los programas que se desarrollarán a lo largo del ejercicio deberá publicarse durante el primer mes del año.
Periodo de Actualización: 31 de Enero de 2023
Periodo de Validación: 31 de Enero de 2023